¿Cómo afecta a los animales de compañía la nueva ley?

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La nueva ley de protección animal contempla la prohibición de la cría particular y la venta de animales en tiendas y la obligatoriedad de realizar una formación sobre tenencia responsable antes de adquirir una mascota, entre otros muchos aspectos.

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La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, presentó el 6 de octubre el proyecto de ley de Protección Animal y Bienestar Animal en el evento organizado por su ministerio con motivo del Día Mundial de los Animales. Esta ley tiene como objetivo implementar mecanismos legales con el fin de fomentar la protección animal y prevenir el alto grado de abandono de animales en nuestro país. Para ello establece un marco común en todo el territorio español que implica a los poderes públicos y a la ciudadanía en el respeto a todos los animales.

El borrador recoge que en España uno de cada tres hogares posee un animal de compañía. Según la información de los registros de animales de compañía de las comunidades autónomas, en la actualidad hay más de trece millones de animales de compañía registrados e identificados. A pesar de ello, se estima que aproximadamente el 50% de los animales de compañía se encuentran fuera del control oficial, al no estar identificados legalmente. Esto supone un riesgo, no solo para su adecuada protección, sino también para la propia seguridad y salud pública.

Se fomenta la protección animal

Para ello se crean una serie de comisiones y el Observatorio Estatal Contra el Maltrato Animal, cuyas funciones aún están por definir.

La ley propone hacer un diagnóstico de la situación de los animales de compañía y de centros de protección animal y de las situaciones del maltrato y del abandono animal en España. Se desarrollarán programas territoriales de protección animal y se regulan las actividades de los centros de protección.

Obligaciones y prohibiciones definidas

El título II del borrador aborda la tenencia y convivencia responsable con animales. Se establecen unas obligaciones y prohibiciones para las personas responsables de animales de compañía, domésticos y silvestres en cautividad. En particular, se establece la prohibición del sacrificio de animales de compañía, exceptuando razones sanitarias o eutanásicas, no permitiendo que sean sacrificados los animales por cuestiones de ubicación, edad o espacio de instalaciones.

Asimismo se prohíbe dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante tres días consecutivos y, en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas.

Igualmente se prohíbe la comercialización de animales de compañía en tiendas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. La transmisión queda en manos de la persona responsable de la cría o de una Entidad de Protección Animal, sin la intervención de intermediarios. La cesión de animales entre particulares deberá ser, en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato.

Además, se establecen las condiciones de tenencia de los animales de compañía, tanto en domicilios particulares como en espacios abiertos, las condiciones de acceso a medios de transporte y establecimientos abiertos al público.

Formación para la tenencia de animales de compañía

Se establece la necesidad de haber superado un curso formativo con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal. El objetivo es evitar la ausencia de conocimientos por parte de la persona propietaria en el manejo, cuidado y tenencia de animales. Además deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil.

Prohibición de la cría y venta particular

La cría y comercio de animales de compañía, excluidos los peces, solamente podrá llevarse a cabo por criadores/as debidamente inscritos en el Registro Nacional de Profesionales de la Cría, dependiente de la Dirección General de Derechos de los Animales. El objetivo es conseguir que se realice de forma controlada, responsable y moderada. Así queda prohibida la cría  por particular.

Queda prohibida la comercialización de animales en las tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces.

Mutilaciones corporales y herramientas de castigo prohibidas

El borrador incluye otras regulaciones como la prohibición de cualquier mutilación (excepto  por necesidad terapéutica para garantizar su salud o para limitar o anular su capacidad reproductiva).

Queda prohibido usar pinchos, correas, collares y otros similares que ahorquen o aparatos eléctricos que causen daños y sufrimientos a los animales sin perjuicio de las excepciones que se establezcan reglamentariamente. Tampoco estará permitido el uso de bozales cerrados que dificulten la respiración.

Colonias felinas

Las colonias son contempladas en esta nueva ley y se definen procedimientos y requisitos mínimos para las implantaciones de programas de gestión ética de las mismas en los municipios. Se incluye la necesidad de formación tanto de las personas cuidadoras como de la policía local.

También se regula el transporte de animales, su importación, el empleo de animales en actividades culturales y festivas y se pretende crear un listado positivo de especies que pueden ser objeto de tenencia como animal de compañía.

 

Para conocer todas medidas en detalle accede al borrador publicado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 del Anteproyecto_Ley_Proteccion_y_Derechos_de_los_Animales

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6 comentarios

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