Consideraciones de la REIAC a la consulta pública previa acerca del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal

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La Red Española De Identificación De Animales De Compañía (REIAC) nos ha enviado sus consideraciones a la consulta pública previa acerca del Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal.

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Muestra su conformidad en la redacción de una norma de rango estatal que:

  • Regule aspectos básicos y fundamentales relativos al bienestar y protección de los animales de compañía, así como a su tenencia responsable.
  • Actúe como elemento armonizador de las normativas autonómicas.
  • Actúe como instrumento jurídico eficaz en la defensa y protección de estos animales de acuerdo con la demanda social e interés general actual.
  • Contribuya a aumentar la sensibilidad colectiva hacia comportamientos más humanitarios y propios de una sociedad moderna.

A continuación, exponemos dos consideraciones relevantes para el desarrollo de la norma firmadas por Armando Solís, Presidente de REIAC (Red Española de Identificación de Animales de Compañía).

Consideración 1ª: control del abandono y de la rabia

Existe una gran la pluralidad de normativas en las distintas Comunidades Autónomas (CCAA) para garantizar la protección y el bienestar animal, así como fomentar la tenencia responsable de animales de compañía. En la mayoría de las que se han actualizado en los últimos años se aprecia la tendencia a ampliar la obligatoriedad de la identificación a gatos y hurones. Entendemos pues, que esta normativa estatal debe regular que sea obligatoria la identificación de perros, gatos y hurones, sin perjuicio de aquellas especies en las que ya sea obligatorio, en función de otras normas  y de aquellas otras que se puedan determinar con posterioridad.

La identificación de perros, gatos y hurones es imprescindible para:

  • Erradicar el abandono.
  • Depurar responsabilidades frente al maltrato.
  • Cumplir con lo indicado por la normativa europea, que exige identificación previa a la vacunación frente a rabia.

En este sentido, y basándonos en el “Informe sobre abandono y adopción de animales de compañía 2020” publicado por la Fundación Affinity hemos de recordar que:

  • El 72 % de animales recogidos no tenían microchip (no estaban identificados).
  • De los animales recogidos por las protectoras que sí estaban identificados, casi un 70 % pudo ser devuelto a sus propietarios.
Evitar la pérdida

Hay que destacar además, que hay un número mucho mayor de animales con identificación que se pierden y que no llegan a los canales de protección animal. Es bastante común que las personas responsables que encuentran un animal en la vía pública acudan en primera instancia a un profesional veterinario, o en segunda a la Policía, SEPRONA, Guardias Forestales o personal de ayuntamientos, para saber si está identificado o no. De estarlo, suele ser devuelto a su legítimo propietario en ese mismo momento.

Salud pública

Resulta importante para la salud pública fijar la identificación obligatoria para perros, gatos y hurones siguiendo las indicaciones de la normativa de 2013. Establece los requisitos de validez de la vacunación antirrábica: la fecha de administración de la vacuna no puede preceder a la fecha de aplicación del transponder de identificación. Resulta evidente por tanto que, la vacunación antirrábica exige una identificación previa.

La identificación con microchip de los perros es obligatoria en todo el territorio nacional.

Revisando las normativas relativas a la protección de los animales de compañía que han actualizado las diferentes CCAA, vemos que comunidades como Madrid, Cataluña, Murcia, La Rioja, Navarra, y recientemente Castilla La Mancha, contemplan la identificación obligatoria de perros, gatos y hurones. La identificación con microchip de los perros es obligatoria en todo el territorio nacional. De igual manera ocurre en algunos países de la UE, como Francia y Portugal, donde la identificación de perros, gatos y hurones es obligatoria.

Consideración 2ª: identificación y registro

La identificación de los animales está ligada a un registro oficial que recoge la información necesaria para permitir la búsqueda de un animal o acreditar la titularidad de este, su trazabilidad y en su caso la vigilancia epidemiológica de enfermedades zoonóticas diagnosticadas en animales de compañía identificados que acuden al centro veterinario.

Actualmente existen bases de datos de todos los animales de compañía identificados en nuestro país en las 17 Comunidades Autónomas y en Ceuta y Melilla. Todas están coordinados por REIAC. En total, esta red permite acceder a los datos de millones de animales registrados y está conectada con el resto de las bases de datos de países europeos.

Todo ello, nos lleva a recalcar la gran labor que desempeña esta asociación sin ánimo de lucro. Entendemos que en el desarrollo de esta norma debe tenerse en cuenta al REIAC como red informática nacional que facilite la interconexión de las distintas bases de datos de animales existentes en las CCAA, y la interconexión de estas con las redes internacionales.

La identificación mediante microchip, junto con el pasaporte europeo o las cartillas establecidas en las distintas CCAA son un sistema suficiente para:

  • Garantizar la trazabilidad de los animales.
  • Actuar como arma efectiva frente al abandono.
  • Disponer de datos adicionales de interés para hacer a problemas de salud pública, como las zoonosis.

El objetivo final es garantizar el respeto a la vida y a la integridad física y psíquica de los animales.

Armando Solís
Presidente REIAC (Red Española de Identificación de Animales de Compañía)

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1 comentario

  1. Pingback: “Hace falta homogeneizar las leyes de identificación para que sea igual para todas y cada una de las comunidades" - especiesPRO | publicación para comercios de animales de compañía

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