Desde el pasado 17 de junio están prohibidos la posesión, transporte y comercio de ejemplares vivos de carpa koi.
Desde Aedpac informan que el pasado 17 de junio se publicó en el BOE la sentencia del Tribunal Supremo sobre la inclusión de la carpa koi (Cyprinus carpio) en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras. Así, desde el momento de la publicación de dicha sentencia quedan prohibidos la posesión, transporte y comercio de ejemplares vivos, incluyendo el comercio exterior.
La asociación recuerda que hace semanas presentó alegaciones al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente contra esta inclusión, y que el Magrama ha trasladado la solicitud de exclusión de la carpa koi al comité científico para que dictamine sobre la viabilidad de esta exclusión.
La carpa koi está ya incluida en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, y prohibida Clic para tuitearAnte esta situación, y en tanto no haya una respuesta del Ministerio, Aedpac solicita a todos sus asociados que suspendan inmediatamente la importación y venta de kois, y aconseja a aquellas instalaciones que tengan estos animales colocar en lugar bien visible un cartel anunciando “Ejemplares inmovilizados y no a la venta”.
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