La situación que amenazaba a la posesión y comercio de los kois parece que se arregla favorablemente.
Conxita Parals
Presidenta de ASAC
A principios de 2016 saltó la alarma al conocerse la noticia de que la especie Cyprinus carpio, carpa común a la que también pertenecen las carpas ornamentales de estanque conocidas como kois, iba a entrar en el Catálogo de Especies Invasoras.
La sentencia del Tribunal Supremo de marzo declaraba especie exótica invasora a la carpa común, entre otros animales. La prohibición de posesión, transporte, tráfico y comercio que significa esa inclusión en el catálogo se hizo efectiva, una vez transcurridos los plazos legales, y empieza una pesadilla para los amantes de los kois a partir del mes de junio de 2016.
Como todos sabéis, el que la carpa koi, un prodigio de la naturaleza, pasara a engrosar el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras fue un efecto colateral de una cruzada contra las carpas comunes. La sentencia del Tribunal Supremo en ningún momento mencionó o consideró que hay una especie de carpa ornamental con nula capacidad invasora como es la carpa koi. Es más, estoy convencida de que ni sabían de su existencia cuando dictaron la fatídica sentencia.
Ante esta situación varias entidades, entre las que se cuenta ASAC, presentaron de la mano del abogado Manuel Ratia y presidente de la AEK un recurso para excluir al koi del catálogo. Este recurso fue informado negativamente por la autoridad científica (desconocemos los motivos y la argumentación), aunque debido a lo tardío de este informe no se notificó a los presentantes en el plazo prescrito de seis meses que marca la propia ley del Catálogo de EEI. En este caso el silencio administrativo, que es lo que ha sucedido, es positivo y da la razón al recurrente. Es por esto que el recurso presentado ha sido aceptado positivamente.
¿Volverán a estar permitidas las carpas koi? Posiblemente sí Clic para tuitearEl camino no está todo andado, ahora habrá que cerrar el expediente, publicar el resultado en el BOE y previsiblemente y como mínimo, incluir la excepción del Cyprinus carpio haematopterus en el catálogo.
Por primera vez el silencio nos ha sido favorable. Nos sentimos satisfechos del trabajo realizado y esperamos que en pocas semanas podamos volver a ver a los kois en nuestros comercios.
4 comentarios
¿Se sabe algo más sobre esto? ¿Podemos tener esperanzas en que en algún momento se puedan volver a comprar?
Hola, Carlos. Por lo que sabemos la prohibición sigue en vigor, ya que todavía no hay un fallo definitivo sobre si se incluyen o no los koi dentro del Catálogo de Especies Invasoras.
Hay alguna novedad???
Gracias!
Hemos publicado un artículo sobre la situación de la prohibición a día de hoy: https://especiespro.es/acuariofilia-2/prohibicion-kois-espana/