En el “Artículo 55. Venta de animales de compañía” de la ley de bienestar animal se especifica que la venta de cualquier animal de compañía deberá llevar aparejado un contrato escrito de compraventa, que contendrá las cláusulas mínimas que se establecerán reglamentariamente.
Desde la Comisión de Animales Vivos de AEDPAC (CAAVV), la asociación ofrece a sus asociados la posibilidad de descargar un modelo de contrato con la información pertinente en la gestión de cualquier compraventa de animales de compañía de acuerdo con la normativa vigente.
Para ello, es importante que ambas partes –comprador y vendedor– incluyan los acuerdos pactados en el documento firmado por ambas partes.
Para cualquier duda o aclaración al respecto, no duden en contactar a hola@aedpac.com.