Se ha publicado en el BOE la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.
La actual regulación de los bienes del Código Civil dota a los animales del estatuto jurídico de cosas, en concreto con la condición de bienes muebles. Ahora pasan a ser considerados seres sintientes. Resulta paradójico que el Código Penal ya distinguiera en 2003 entre los daños a los animales domésticos y a las cosas, reforma sobre la que se profundizó en 2015, mientras que el Código Civil siguiera sin reconocer que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad.
Ahora el bienestar animal estará por encima de otras cuestiones.
Es importante conocer la ley para asesorar a los clientes.
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