Cada vez se adquiere una mayor cantidad de reptiles y el límite adquisitivo ya no es el precio, sino el cumplimiento de la legislación vigente. Esta legislación está regulada a nivel internacional por CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres). Intenta regular el comercio con el objetivo de asegurar la supervivencia de animales y plantas, y cada país tiene su propia legislación. Los reptiles entrarían legalmente dentro de los animales de compañía exóticos.
Importaciones
Aproximadamente el 82 % de los reptiles importados pertenecen al anexo II de CITES. Estos son animales protegidos pero no amenazados. En consecuencia, se debe controlar su comercio para asegurar su supervivencia.
No hubo importaciones registradas de animales del anexo I entre estos años, ya que su comercio no es legal en situaciones normales.
Especies más importadas en España en la última década:
- Iguana iguana
- Testudo hosfieldii
- Phyton regius
- Stigmochelys pardalis
- Chelonoidis carbonaria
- Caiman crocodilus crocodilus
- Chamaleo senegalensis
- Varanus exanthematicus
- Chamaeleo dilepis
- Chamaleo melleri
Según datos publicados por CITES, si nos ceñimos solo al pasado año encontramos que el único reptil importado por España fue: Stigmochelys pardalis (Apéndice II). Por otro lado, a nivel internacional encontramos además Chelonoidis carbonarius, Kinixys belliana y Cycloderma aubryi entre las tortugas; cantidad de saurios de los géneros Brookesia, Calumma, Furcifer, Kinyongia, Trioceros, Phelsuma, Uroplatus y Varanus; serpientes de los géneros Python y Boa constrictor; y ejemplares de Caiman crocodilus y de Epicrates cenchria.
Aproximadamente el 82 % de los reptiles importados pertenecen al anexo II de CITES. Estos son animales protegidos pero no amenazados.
Características propias
La textura de su piel, sus peculiares y singulares características, así como sus particulares cuidados los convierten en algo maravilloso para unos, aterrador para otros. Este tipo de animales no son fácilmente domesticables; únicamente se puede pretender que se acostumbren al trato con el ser humano.
La domesticación de un animal salvaje implica un largo proceso de selección de cría. El contacto con el ser humano supone una desviación de su conducta natural y la asimilación de patrones de conducta cercanos a nuestra forma de ser, no a la suya.
El hecho de que la mayoría de los reptiles no necesiten cuidados al nacer y sean seres totalmente autónomos dificulta crear vínculos afectivos. La mayor parte de la interacción que se da entre el ser humano y el reptil responden a estímulos alimentarios. Por lo que estos animales pueden llegar a reconocer y obedecer órdenes exigidas por sus dueños, pero siguen siendo salvajes y con menor capacidad de aprendizaje que los mamíferos y las aves.
Por todas estas razones, lo más recomendable es disponer para la venta preferentemente animales criados en cautividad y procedentes de España o países próximos. Los viajes estresan en exceso a los reptiles y hace que lleguen en unas condiciones sanitarias deplorables.
Stigmochelys pardalis es el único reptil que fue importado por España el pasado año según CITES.
De esta forma, quien los venda en tu establecimiento tiene la responsabilidad de asesorar correctamente a los futuros propietarios. Por último, además de la especie hay otros factores que también condicionarán la venta:
- La inversión necesaria para su alojamiento y equipación para asegurar su supervivencia
- La alimentación
- Perfil del futuro cuidador
- Espacio y tiempo disponibles