Para viajar a otros países con animales de compañía, se deben cumplir ciertos requisitos. Si un perro, gato o hurón va a viajar a un país que no está incluido en el listado II del Reglamento (UE) 577/2013, es necesario realizar una prueba de rabia para que el animal pueda regresar.
Durante el verano, es común realizar viajes de vacaciones a otros países junto con nuestras mascotas. En anticipación a estos desplazamientos, el Colegio de Veterinarios de Madrid (Colvema) recuerda que se puede encontrar toda la información necesaria sobre los requisitos para viajar con animales de compañía a otros países en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), en la sección “Viajar con animales de compañía” de CEXGAN.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que si el perro, gato o hurón va a viajar a un país que no está incluido en el listado del anexo II del Reglamento (UE) 577/2013, se debe realizar una prueba serológica de anticuerpos contra la rabia en un laboratorio autorizado. En España, los laboratorios autorizados son el Instituto Valenciano de Microbiología (IVAMI) y Santa Fe. Esta prueba es necesaria para que el animal pueda regresar del país en cuestión. Si no se realiza esta prueba, el animal no podrá volver, lo cual puede ocasionar problemas al propietario.
Además, es importante destacar que el veterinario encargado de certificar la salud del animal de compañía es quien debe realizar el trámite en CEXGAN.
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